Ayudas para los transportistas autónomos por carretera que deseen abandonar su actividad en 2017
El Ministerio de Fomentó publicó el pasado 11 de Marzo en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la Convocatoria de Ayudas a transportistas autónomos por carretera que abandonen la actividad en 2.017, regulada en la Orden FOM/3218/2009 de 17 de Noviembre y modificada por la Orden FOM/2835/2012 de 17 de Noviembre y la Orden FOM/64/2017 de 30 de Enero.
Estas ayudas están dirigidas a los transportistas autónomos mayores de 63 años o con incapacidad permanente absoluta o total para el desempeño habitual de transportista o gran invalidez, habiendo recaído resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) indicando la fecha de aprobación de la pensión, siempre que cumplan los siguientes requisitos:
– No incurrir en ninguna de las circunstancias previstas en la Ley General de Subvenciones.
– Ser titular, en el momento de la solicitud, de una autorización vigente de transporte público de ámbito nacional, de mercancías o de viajeros en autobús con un máximo de tres copias o bien simultáneamente de ambas autorizaciones con un máximo total de tres copias.
– Haber sido titular, de forma ininterrumpida durante los diez últimos años, de una de las autorizaciones anteriores, con un máximo de tres copias o bien de ambas igualmente con un máximo total de tres copias. Dicha autorización no podrá haber estado suspendida en ningún momento, contando con al menos una copia en vigor. Se permitirá una única interrupción de la titularidad o vigencia de la autorización por un plazo inferior a 3 meses. Se entenderá que han estado vigentes autorizaciones caducadas por falta de visado que estén rehabilitadas en el momento de presentación de la solicitud, La autorización que dé lugar al otorgamiento de la ayuda deberá estar en vigor hasta el momento de la renuncia para el cobro de la subvención.
– Haber sido titular, de forma ininterrumpida durante los 10 últimos años, de una de las autorizaciones del apartado anterior, con un máximo de 3 copias o bien de ambas con un máximo de 3 copias. Estar dados de alta en el RETA los últimos 10 años de forma ininterrumpida permitiéndose únicamente una sola interrupción por un plazo inferior a 3 meses. Los solicitantes afectados por una Incapacidad Permanente, el plazo de 10 años se computará desde que ésta les hubiese sido reconocida.
– Comprometerse a abandonar la actividad de transporte público en nombre propio, procediendo a la renuncia de todas las autorizaciones de que fuera titular, obligándose a devolver las ayudas obtenidas y los correspondientes intereses en caso de reiniciarla.
– No haber desaprovechado otras ayudas por el abandono de la actividad que le hubieran sido otorgadas por el Ministerio de Fomento en los 3 años anteriores por haber renunciado a ellas o no haber aportado la documentación necesaria para su cobro.
Con este Programa de ayudas, el Ministerio de Fomento pretende incentivar el abandono de la profesión de transporte público por carretera a los transportistas de edad avanzada o que cuenten con una incapacidad permanente absoluta o total para el desempeño de la profesión habitual de transportista o gran invalidez.
La dotación presupuestaria para estas ayudas es de 9.540.000€ distribuidos entre un importe máximo de 9.240.000€ repartidos entre los beneficiarios resultantes y un importe de 300.000€ para pagar posibles recursos estimatorios interpuestos contra dicha resolución.
Los beneficiarios de estas ayudas obtendrán una determinada cantidad en función de su situación particular. Así, si el beneficiario tiene menos de 65 años recibirá 5.300 euros por cada 6 meses completos que le falten para cumplir 65 años. El cómputo de los semestres completos se hará a partir del 1 de junio del ejercicio en que se otorgan las ayudas. Por otro lado, los trabajadores titulares de una o varias autorizaciones de transporte público recibirán un total de 30.000 euros.
Estas ayudas se deben solicitar a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Fomento dentro de un procedimiento que finalizará con una resolución del Secretario General de Transportes por delegación del Secretario de Estado de Infraestructuras, Transportes y Vivienda, en el que figurarán los beneficiarios que lo serán por concurrencia competitiva.
El plazo para solicitar estas Ayudas finaliza el próximo 11 de Abril de 2.017.